La importancia de contratar un seguro de Consejeros y Directivos
Hoy todas las personas que ocupan puestos de administrador, consejero, directivo y/o ejecutivo en cualquier sociedad mercantil, de cualquier índole (cooperativa, limitada, anónima, etc.) o cualquier institución (asociación sin ánimo de lucro, agrupación de intereses, fundación, etc.) están expuestos a que una reclamación llevada a cabo por su gestión, o contra la entidad que representan afecte directamente a su propio patrimonio y el de su familia, además de su imagen y futuro profesional. Así lo determina la actual ley de responsabilidad civil.
La responsabilidad de los Consejeros y Directivos de las empresas se establece específicamente en la Ley de Sociedades [artículos: 64 (derechos fundamentales), 72 (responsabilidad frente a la compañía), 73 (Solidaridad), 78 (responsabilidad frente a los acreedores ), 79 (responsabilidad frente a los socios y terceros)] y otras legislaciones sobre diversas materias, como la legislación sobre competencia, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), etc.
La ley responsabiliza a los Consejeros y Directivos de la reparación de los daños provocados a la propia sociedad, acreedores, empleados y terceros en general, donde se incluyen los accionistas, por errores de gestión en el desempeño de sus funciones.
Ejemplos de estas posibles reclamaciones:
- Por firma de cheques sin fondos
- Contratos con proveedores insolventes
- Acoso laboral o moving
- Divulgacion de secretos empresariales
- Enriquecimiento personal
- Reclamaciones de hacienda o de la seguridad social
- Incumplimiento de confidencialidad, etc.
No es imaginable desempeñar actualmente un cargo de administrador en una mercantil o directivo en una entidad, sin tener contratada una póliza de D&O. Sería una forma irresponsable de estar expuesto a cualquier reclamación o sanción administrativa.
Este seguro nos garantiza la respuesta frente a las reclamaciones tanto en defensa jurídica y fianzas, como en las posteriores indemnizaciones si así lo designa el Juez, y la posterior recuperación de Imagen Reputacional si es el caso.
Si bien, este seguro habitualmente se contrata por parte de una entidad o sociedad, cubriendo así el riesgo de todos sus Directivos, cuando una persona ostenta varios cargos de Administrador y/o Directivo o Consejero en diferentes entidades o sociedades, también se puede contratar a título individual, dando cobertura a su papel de administrador/directivo en todas sus empresas.