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ICEA resume las novedades fiscales en el IRPF en 2015

ICEA resume las novedades fiscales en el IRPF en 2015

Tras la aprobación de la ley 26/2014 por la que se modifica la ley del IRPF, se han introducido mejoras en la tributación del ahorro, pero quizá la más significativa sea la reducción de los tipos de gravamen tanto de la base general como del ahorro, precisa ICEA.

ICEA desgrana las novedades fiscales en el IRPF en 2015 - Grupo Aseguranza

Detalla que la reducción se aplicará en dos años, 2015 y 2016; para 2015, la reducción de los tipos del ahorro va desde el 1% para las bases liquidables menores, hasta el 5% para bases de 50.000 euros. A su vez, el tipo de retención fiscal se reduce al 20% para este año.“Con ello –explica-, nuevamente las rentas continúan siendo los productos con mejor tratamiento fiscal; para una renta temporal de hasta 6.000 euros, el tipo de gravamen efectivo va desde el 2,52% hasta el 5,25% dependiendo de la duración, frente al 20% del tipo de gravamen del ahorro. En el caso de una renta vitalicia del mismo importe, los tipos van del 1,68% al 7,35%, dependiendo de la edad del contratante”.

ICEA matiza también que, por otra parte, la Ley 26/2014 ha introducido un nuevo producto de ahorro, los Planes de Ahorro a Largo Plazo que pueden instrumentarse a través de un seguro de Vida Individual o de un depósito financiero. La ventaja de este producto es la exención fiscal de los rendimientos si el producto se mantiene durante cinco años y no se superan los límites de aportación establecidos.

vía ICEA desgrana las novedades fiscales en el IRPF en 2015 – Grupo Aseguranza.

Avance Novedades Fiscales 2014

Avance Novedades Fiscales 2014

Novedades Fiscales IRPF 2014

El pasado 20 de junio de 2014 en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se presentaron los detalles del Anteproyecto de Ley por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas,el texto refundido de la  Ley  del Impuesto Sobre  la  renta  de  No  Residentes,  aprobado  por  el  Real  Decreto Legislativo5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.

Sin perjuicio de que estamos aún en fase de proyecto, las modificaciones propuestas más significativas que nos competen son las siguientes:

En cuanto al ahorro.

-­‐    Los  planes  de  pensiones  mantienen  su  régimen  fiscal  actual.
Pero  se  modificarían los límites en la desgravación de estos productos: Se fija una aportación única máxima de
80000 euros al año por persona.

No se diferencia como actualmente en tramos de edades.
En la actualidad los partícipes pueden  reducir  de  la  base  imponible  del  IRPF  por  sus aportaciones   a  planes  de pensiones hasta un límite de 10.000 euroso hasta 12.500 euros para las personas con más de 50 años.

-­‐     Otra gran novedad de la reforma del IRPF es que incluye una rebaja de la tributación del ahorro. La nueva tarifa constaría de tres tramos:

Base imponible                                         Tipo2015                          Tipo2016

Hasta 6.000 euros20%19%
6.000­‐50.000 euros22%21%
A partir de 50.000 euros24%23%

 

Actualmente (2012-­‐2014) los tramos se sitúan en:

-­‐     Hasta 6.000 euros : 21%

-­‐     6.000‐24.000euros: 25%

-­‐     A partir de 24.000 euros: 27%

-­‐     La reforma  incorporaría  un nuevo  instrumento  para potenciar  el ahorro  a medio  y a largo plazo “LosPlanesAhorro5”,como una alternativa o complemento a los planes de pensiones  u otras formas de ahorro. Podrán  adoptar  la forma de cuenta bancaria  de ahorro o de seguro, que garanticen  la restitución  de al menos el 85% de la inversión (podrá incluirse tanto en activos de renta variable como de renta fija). Los intereses generados gozarán de exención fiscal siempre que la inversión se mantenga durante un mínimo de 5años, y siempre que aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales.

Los bancos y aseguradoras no podrán comercializarlos hasta el 1 de enero de 2015.

Otras novedades fiscales.-­‐

-­‐     Se elimina la exención de tributación de dividendos (hasta ahora excluidos los primeros 1.500 euros).

-­‐     IRPF para autónomos: Se reduce del 21% al 15% el tipo de retención del autónomo con rentas inferiores a 12.000 euros (siempre que más del 75% de sus rentas procedan de actividades económicas).

-­‐     Se mantiene la fiscalidad reducida para los nuevos emprendedores, al 15%.

En relación a las PYMES y al Impuesto de Sociedades.-­‐

Se reduciría el tipo de gravamen general:

  • En  2015  el  tipo  será  del  25%,  aplicándose  el  28%  sobre  la  base  que  supere 300.000 euros (ahora es el 30%).
  • En 2016, se sitúa con carácter definitivo en el 25%.

Se crearía la reserva de nivelación para Pymes:

  • El tipo se sitúa en el 22,5% al aplicar la reserva de nivelación.
  • Si se aplica también la reserva de capitalización, se sitúa en el 20%.