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¿Por qué contratar un Seguro de D&O?

La importancia de contratar un seguro de Consejeros y Directivos

Hoy todas las personas que ocupan puestos de administrador, consejero, directivo y/o ejecutivo en cualquier sociedad mercantil, de cualquier índole (cooperativa, limitada, anónima, etc.) o cualquier institución (asociación sin ánimo de lucro, agrupación de intereses, fundación, etc.) están expuestos a que una reclamación llevada a cabo por su gestión, o contra la entidad que representan  afecte directamente a su propio patrimonio y el de su familia, además de su imagen y futuro profesional. Así lo determina la actual ley de responsabilidad civil.

La responsabilidad de los Consejeros y Directivos de las empresas se establece específicamente en la Ley de Sociedades [artículos: 64 (derechos fundamentales), 72 (responsabilidad frente a la compañía), 73 (Solidaridad), 78 (responsabilidad frente a los acreedores ), 79 (responsabilidad frente a los socios y terceros)]  y otras legislaciones sobre diversas materias, como la legislación sobre competencia, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), etc.

Seguros D&O

La ley responsabiliza a los Consejeros y Directivos de la reparación de los daños provocados a la propia sociedad, acreedores, empleados y terceros en general, donde se incluyen los accionistas, por errores de gestión en el desempeño de sus funciones.

Ejemplos de estas posibles reclamaciones:

  • Por firma de cheques sin fondos
  • Contratos con proveedores insolventes
  • Acoso laboral o moving
  • Divulgacion de secretos empresariales
  • Enriquecimiento personal
  • Reclamaciones de hacienda o de la seguridad social
  • Incumplimiento de confidencialidad, etc.

No es imaginable desempeñar actualmente un cargo de administrador en una mercantil o directivo en una entidad, sin tener contratada una póliza de D&O. Sería una forma irresponsable de estar expuesto a cualquier reclamación o sanción administrativa.

Este seguro nos garantiza la respuesta frente a las reclamaciones tanto en defensa jurídica y fianzas, como en las posteriores indemnizaciones si así lo designa el Juez, y la posterior recuperación de Imagen Reputacional si es el caso.

Si bien, este seguro habitualmente se contrata por parte de una entidad o sociedad, cubriendo así el riesgo de todos sus Directivos, cuando una persona ostenta varios cargos de Administrador y/o Directivo o Consejero en diferentes entidades o sociedades, también se puede contratar a título individual, dando cobertura a su papel de administrador/directivo en todas sus empresas.